Este Blog tiene por objeto dar a conocer a todas las personas que tienen vigente un contrato con cualquiera Isapre, ya sea en Santiago o en Regiones, y que sean notificados (mediante una "Carta de adecuación")de que su Plan de Salud subirá de precio sin ninguna explicación válida, que es un hecho el que pueden evitarse dichas alzas arbitrarias de las Isapres mediante la interposición de una Acción de Protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago.
Este recurso judicial se funda básicamente en que por tratarse de un contrato bilateral no puede ser modificado por una sola de las partes a su antojo, lo que atenta contra la garantía constitucional que protege el derecho de propiedad, esto es, el artículo 19 N°24 de la Constitución Política del Estado, pues el afiliado a una isapre es propietario de los derechos y obligaciones contratados con ella, entre los que destaca el precio del contrato, de manera que no pueden modificarlo sin su consentimento.
Otro fundamento del recurso se refiere a que al obligar a los afiliados a pagar cada vez más por las mismas prestaciones provoca que en definitiva su sueldo o jubilación no le alcance para pagar el plan de la isapre o se vuelva manifiestamente excesivo, y deban entonces emigrar al Sistema Público, pasando a llevar el derecho a elegir libremente el sistema de Salud, garantía también protegida por nuestra Constitución.
Deben tener presente que desde la fecha que aparece en la carta de adecuación que le envían no deben haber transcurrido más de 30 días corridos, plazo legal para interponer la acción o recurso de protección.
El procedimiento contempla la solicitud de que se dicte Orden de No Inovar, que significa que la Corte ordenará a la Isapre no subir el precio mientras se resuelva el recurso, dicha resolución se dicta como máximo a la segunda semana de presentado el recurso y la misma Corte de Apelaciones envía un Oficio a la Isapre, ordenándoselo.
Finalmente, no existe ninguna posibilidad de perder el recurso ni de que la Isapre tome represalias con los afiliados que recurren de protección puesto que son los máximos tribunales de la república (Corte Suprema y Corte de Apelaciones de Santiago) los que han establecido sin excepción que estas alzas son arbitrarias y cualquier incumplimiento de sus resoluciones implica multas y otras sanciones en contra de las isapres que no respeten lo resuelto (cada año se presentan cerca de 4.000.- Recursos, todos fallados declarando arbitrarias estas las alzas de precios).
Desde ya, les confirmo que esta gestión no tiene costo alguno para el afiliado que recurra de protección, dado que será la propia Isapre condenada a pagar los honorarios del abogado que a Ud. lo represente.
Cualquier duda escríbame a este blog o a proteccionabogado@gmail.com o llame al teléfono que se indica más abajo.
Atte.
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